El Estado de Chile otorga a las familias subsidios habitacionales para permitir la compra, la construcción o arriendo de una vivienda. ¿Pero qué es un subsidio? Básicamente es una ayuda económica entregada por el Estado a una familia para que esta adquiera una propiedad, la cual puede ser nueva o usada o de carácter urbana o rural.
Es importante destacar que el subsidio habitacional se complementa con el ahorro familiar y en casos puntuales con créditos hipotecarios y/o aportes de terceros.
Las instituciones encargadas de conceder estos aportes, dependiendo de las características y preferencias del postulante, es el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).
A continuación, explicaremos detalladamente cada tipo de subsidio habitacional:
1-Fondo Solidario de Elección de Vivienda (D.S 49)
Es un programa del Estado dirigido especialmente a las familias sin vivienda y que además se encuentran en una situación de vulnerabilidad social. Este fondo permite adquirir o, también arrendar una propiedad, ya sea, nueva o usada, sin crédito hipotecario en sectores urbanos o rurales.
En la compra, el valor máximo de un inmueble debe ser de 950 UF, y el monto máximo de subsidio va desde las 314 UF hasta las 794 UF. Sin embargo, todos los montos varían según la zona geográfica en la que se ubique la vivienda
2-Subsidio para familias de Sectores Medios (D.S 1)
Está dirigido principalmente a las familias de clase media que no son propietarias de una vivienda, pero tienen una capacidad de ahorro, asimismo cuentan con la posibilidad de complementar el valor del inmueble con recursos propios o crédito hipotecario. Este subsidio, permite adquirir una vivienda nueva o usada, en sector urbanos o rurales. El subsidio establece las siguientes opciones para las familias:
Región de Coquimbo a Los Lagos:
Provincia de Chiloé:
3-Subsidio de leasing habitacional
Permite optar a un apoyo estatal de entre 125 y hasta 600 UF para acceder a una vivienda terminada, ya sea nueva o usada.
Para acceder al subsidio, debe haber un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa de empresa o sociedad inmobiliaria regida por el título II de la Ley N° 19.281, referida a leasing habitacional.
Este subsidio está dirigido a mayores de 18 años, capaces de ser sujetos de créditos y que tengan la capacidad financiera de pagar un arriendo, pero que a la vez no sean propietarios de un bien raíz ni tengan capacidad de generar ahorro suficiente para postular a otros sistemas de subsidio habitacional.
El monto fluctúa de acuerdo con el precio de la vivienda y la comuna. De esta manera, los precios máximos de las viviendas son de:
Hasta 2200 UF: En propiedades emplazadas en las regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Antofagasta y de Atacama. En viviendas situadas en la provincia de Chiloé y en las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y Antártica Chilena; la provincia de Palena; las comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández.
4-Programa de Integración Social y Territorial (D.S 19)
Este subsidio permite la posibilidad de comprar una vivienda en barrios con buena ubicación y cercanos a servicios.
Las familias que pueden acceder a estos proyectos, son aquellas que tienen un subsidio habitacional pero no han podido aplicarlo, o bien, aquellas que se encuentran dentro de los tramos de vulnerabilidad socioeconómica exigidos, de acuerdo con el Registro Social de Hogares (RSH).
Los valores máximos de las viviendas a las que se pueden optar, son de hasta 1.100 UF para familias que se ubican en el 50% de vulnerabilidad social (solo familias con certificado de subsidio en mano) y de 2.200 UF para familias entre el 50% y 90% de vulnerabilidad social.
5-Integración social y reactivación económica (D.S 116)
Es un beneficio que permite a familias que cuenten con subsidio sin aplicar o familias vulnerables sin subsidio, acceder a una vivienda para su uso habitacional.
Los grupos familiares con menos recursos pueden adquirir viviendas de hasta 900 UF, con un subsidio máximo de 700 UF, más un bono de integración de hasta 180 UF, dependiendo de la región donde se localice la propiedad.
El subsidio para familias de sectores medios, varía entre las 125 UF y las 350 UF, esto varía de la ubicación geográfica de la vivienda y el precio de esta. Además, se incluirá un bono de integración que asciende a las 100 UF y un bono por captación de subsidios, que fluctúa entre las 50 UF y 200 UF.
6-Programa de Habitabilidad Rural
Tiene como objetivo mejorar las condiciones de habitabilidad de aquellas familias que viven en zonas rurales y localidades con menos de 5.000 habitantes, considerando las características de quienes residen en esta, así como sus singularidades en materia cultural geográfica y productiva. Este programa ofrece las siguientes alternativas: Construcción en Sitio Residente y la Construcción en Conjunto Habitacional.
La primera, apunta a la edificación en el sitio donde vive la persona que desea postular, ya sea propio o de un tercero que autoriza la construcción. La segunda, consiste en la construcción de entre 2 y 60 viviendas urbanizadas, contemplando equipamiento, vialidad y áreas verdes. El valor de la vivienda puede variar según los proyectos que presente cada postulante.
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